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martes, 8 de noviembre de 2011

El TLC se inicia con volquetas OTR

El cero arancel se iniciará solo con nueve clases de vehículos.


Mucha confusión despierta entre los colombianos el Tratado de Libre Comercio (TLC) que se acaba de firmar con Estados Unidos, pues hay quienes piensan que la desgravación de los aranceles comienza este mismo año, y por eso ya hablan de aplazar la compra de sus vehículos para cuando se inicie la importación de los modelos con un menor precio que el actual.
Sin embargo, las cosas son diferentes a como se creen. Según Oliverio Enrique García, presidente de Andemos, este TLC se ha dividido en tres partes: con lo que se inicia de forma inmediata, en cinco y en 10 años.
“Lo inmediato, que son los automotores que comenzarán a recibir ventajas arancelarias desde el segundo semestre del 2012, cuando haya quedado regulado el Tratado, serán los tractocamiones de 48 o más toneladas de PBV; las orugas, los trolebuses, los vehículos de turismo con tracción a las cuatro ruedas o 4WD de más de 3.000 c.c, que no sean camperos; al igual que las volquetas OTR, los modelos de sondeo o de perforaciones, carros radiológicos y de basuras y motos de más de 800 c.c”, agrega García.
Lo que viene
En cinco años, los vehículos que recibirán el beneficio serán los de turismo de más de 3.000 c.c, que no sean camperos (ver recuadro), carrocería para todo tipo de vehículo automotor y motos de más de 500 c.c.
“Las desgravaciones completas, tanto para automóviles como para los vehículos comerciales, se harán hasta dentro de 10 años.
Pero de aquí a que se cumpla esa fecha, esos gravámenes serán del 3,5 por ciento anual (para particulares) y, en el caso de los comerciales, del 1,5 por ciento”, dice García.
Esto quiere decir que al año 2022, el TLC con Estados Unidos le permitirá al país recibir todo lo mencionado anteriormente, con cero arancel, más otros modelos, como: camiones de bomberos y hormigoneras, chasis para vehículos y motos de menos o igual a los 500 c.c.
EL CAMPERO, SEGÚN LA NORMA
Para entender un poco más sobre los puntos que se enfatizan en el TLC con Estados Unidos, especialmente los relacionados con el cero arancel inmediato para los vehículos de turismo con 4WD, que no son camperos, el Decreto 2940 del 2007, que es en el que se basó este tratado, define este concepto como: “vehículos con tracción a las cuatro ruedas (4x4), con función de bajo (manual o automático) y altura mínima en la carcasa de la diferencial trasera al suelo de 200 mm.
También se aclara que el bajo es la capacidad o acción propia de administrar el torque que transmite a los ejes, y a su vez a las ruedas, de manera manual, mediante palancas, switches o botones selectores, a través de dispositivos mecánicos o electrónicos.
Claudia C. Garcés
Redactora de CEET