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miércoles, 30 de noviembre de 2011


Actualización de la Nomenclatura Común - NANDINA

       LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA,

       VISTOS: El Artículo 58 del Acuerdo de Cartagena, y las Decisiones 511, 653, 675, 703 y 722; y,

       CONSIDERANDO: Que el 1° de enero de 1988 entró en vigencia el Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado) del Consejo de Cooperación Aduanera, cuyo Anexo comprende una nomenclatura destinada, entre otras finalidades, a constituir la nomenclatura de los Aranceles de Aduanas y de Estadísticas de Comercio Exterior;

       Que de conformidad con el Artículo 16 del Convenio del Sistema Armonizado, el Consejo de Cooperación Aduanera aprobó la Quinta Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado del 26 de junio de 2009, que entrará en vigencia el 1° de enero de 2012;

       Que en las reuniones XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV y XXXVI de Expertos Gubernamentales en NANDINA del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, celebradas en septiembre de 2010 y en enero, marzo, mayo, agosto y setiembre de 2011, respectivamente, los citados expertos recomendaron los desdoblamientos y reestructuración de las subpartidas NANDINA solicitados por los Gobiernos de los Países Miembros;

       Que es conveniente disponer de un texto único que incorpore las modificaciones introducidas a la Decisión 653;

       Que en la Segunda Sesión de la Trigésimo Sexta reunión del Grupo de Expertos en NANDINA, realizada el 19 de septiembre de 2011, los representantes de los Países Miembros recomendaron la aprobación del Proyecto de Decisión de Actualización de la Nomenclatura NANDINA y el Anexo respectivo, el cual fue revisado por la Comisión en su Periodo 138 Extraordinario de Sesiones;

       Que mediante Propuesta 274/Rev. 2 de fecha 12 de octubre de 2011, la Secretaría General de la Comunidad Andina presentó el proyecto de Decisión sobre Actualización de la Nomenclatura Común - NANDINA;

DECIDE:

       Artículo 1.- Aprobar el Texto Único de la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina denominada «NANDINA», que como Anexo forma parte de la presente Decisión, a fin de facilitar la identificación y clasificación de las mercancías, las estadísticas de comercio exterior y otras medidas de política comercial de la Comunidad Andina relacionadas con la importación y exportación de mercancías.

       Artículo 2.- La Nomenclatura NANDINA incluirá:

a)    La Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.

b)    Los desdoblamientos comunitarios de dicha Nomenclatura, denominados “subpartidas NANDINA”.

c)    Las consideraciones generales y las notas complementarias.

       Artículo 3.- Las unidades físicas, expresadas en términos de masa, longitud, área, volumen, energía eléctrica y número, en que deben ser registradas las estadísticas correspondientes a cada subpartida NANDINA, figuran en el Anexo de la presente Decisión.

       Artículo 4.- Cada subpartida NANDINA está constituida por un código numérico de ocho dígitos:

a)     Los seis primeros dígitos serán los códigos numéricos que corresponden a las subpartidas de la Nomenclatura del Sistema Armonizado;

b)     Los dígitos séptimo y octavo identificarán las subpartidas NANDINA. Si una subpartida del Sistema Armonizado no se ha subdividido por necesidades comunitarias en subpartida NANDINA, los dígitos séptimo y octavo serán ceros (00).

       Artículo 5.- La NANDINA será actualizada regularmente y recogerá las modificaciones derivadas de:

a)    Las Recomendaciones de la Organización Mundial de Aduanas;

b)    Las modificaciones de los requisitos relativos a las estadísticas y a la política comercial;

c)    La evolución tecnológica o comercial;

d)    Identificación de mercancías comprendidas en convenios ambientales, orientados a la protección de la salud de las personas y demás seres vivos, así como a la conservación de un medio ambiente seguro;

e)    Las modificaciones que se precisen para una mejor adecuación a los procesos de integración regional y hemisférica;

f)     Las necesidades inherentes al desarrollo del comercio exterior y de la producción de bienes de los Países Miembros de la Comunidad Andina; y,

g)    La necesidad de aproximación y aclaración de los textos.

       Las actualizaciones de la NANDINA entrarán en vigencia el 1º de enero siguiente a la fecha de su aprobación, salvo que se disponga lo contrario.

       Artículo 6.- El Comité Andino de Asuntos Aduaneros contará con la asistencia técnica del Grupo de Expertos en NANDINA, creado mediante la Decisión 570, y ratificado por la Decisión 653 y por la presente norma.

       El Grupo de Expertos en NANDINA, para el ejercicio de sus competencias, se regirá por la Resolución 1243 “Reglamento de Procedimientos de Gestión de la Nomenclatura Común NANDINA”, o sus normas modificatorias.

       Artículo 7.- La Secretaría General de la Comunidad Andina, en ejercicio de sus funciones, podrá aprobar mediante Resolución, previa opinión favorable del Grupo de Expertos en NANDINA, cualquiera de los siguientes textos auxiliares que faciliten la correcta interpretación y aplicación uniforme de la NANDINA:

a)    Notas Explicativas Complementarias de la NANDINA;

b)    Criterios vinculantes de clasificación de mercancías; y,

c)    Cualquier otro texto auxiliar que se considere necesario.

       Artículo 8.- Los Países Miembros podrán crear Notas Complementarias Nacionales y desdoblamientos a diez dígitos denominados “subpartidas nacionales” para la elaboración de sus Aranceles, siempre que no contravengan a la subpartida del Sistema Armonizado o la subpartida NANDINA que la origina.

       A estos efectos, las Notas Complementarias Nacionales deberán destacarse de las Notas Complementarias de la NANDINA; las subpartidas nacionales utilizarán dos dígitos adicionales al código de ocho dígitos de la NANDINA, sin que en ningún caso puedan agregarse nuevos desdoblamientos con código de ocho dígitos; los textos nacionales conservarán los términos empleados en la NANDINA, pudiéndose admitir en las subpartidas nacionales términos locales aclaratorios debidamente sustentados.

       Artículo 9.- La presente Decisión entrará en vigencia el 1º de enero de 2012.

       Artículo 10.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Decisión quedarán derogadas las Decisiones 653, 675, 703 y 722 de la Comisión de la Comunidad Andina.

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil once.

Link Anexo: http://intranet.comunidadandina.org/IDocumentos/c_Newdocs.asp?GruDoc=09

Comunicado Clientes No. 065 TCBUEN

Comunicado Clientes N°065
TCBuen ha extendido el horario del Terminal  CUT OFF
La Sociedad Portuaria les informa que teniendo en cuenta la situación actual de las vías del país a causa del invierno, y el incremento en los tiempos de ruta para llegar a Buenaventura, TCBuen ha extendido el horario del Terminal  CUT OFF para las motonaves que tienen cierre a las 10:00AM hasta las 16:00PM para las motonaves que arriban al Terminal en la semana 48 (nov 28 – dic 4). Esperamos contrarrestar con esta medida  el impacto en los tiempos de sus operaciones de exportación.
Oficina de Comunicaciones
Sociedad Portuaria Terminal de Contenedores de Buenaventura (TCBUEN S.A.)
Buenaventura, 28 de Noviembre de 2011

Circular 12757000001121 DIAN

Circular 12757000001121
( 29 Noviembre 2011



Gravámenes Ad-Valórem aplicables a productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos.


Circular Externa No. 000027 DIAN

CIRCULAR EXTERNA 000027



PARA: DIRECTORES SECCIONALES DE ADUANAS,
DIRECTORES SECCIONALES DE IMPUESTOS Y ADUANAS
DIRECTORES SECCIONALES DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS
JEFES DIVISION DE GESTION DE LA OPERACIÓN ADUANERA,
FUNCIONARIOS INSPECTORES
IMPORTADORES Y DEMÁS USUARIOS DEL COMERCIO EXTERIOR



DE: DIRECTOR DE GESTIÓN DE ADUANAS



ASUNTO: DERECHOS CORRECTIVOS EN FORMA DE GRAVÁMENES ARANCELARIOS APLICADOS A LAS IMPORTACIONES DE LOS PRODUCTOS CLASIFICABLES POR LA PARTIDA 17.01



FECHA: 29 NOV 2011



Para dar cumplimiento a lo establecido en los Decretos 1054 de junio 21 de 1995, 1935 de octubre 28 de 1996 y al Oficio del Ministerio de Agricultura de noviembre de 2011, me permito informarles que las importaciones originarias de Venezuela para los productos clasificables en la partida 17.01 del Arancel de Aduanas, con excepción de las clasificables por las subpartidas arancelarias 1701.11.10.00, 1701.12.00.00, 1701.91.00.00 y 1701.99.10.00, deberán pagar los derechos correctivos totales en forma de gravámenes arancelarios, que aparecen a continuación:


NANDINA
TASA ADVALOREM (%)
17.01.11.90.00
0.0
17.01.99.90.00
0.0


La presente circular se aplicará para la quincena comprendida entre el 01 y el 15 de diciembre de 2011.

Cordialmente,





(Original firmado por:)
BERNARDO ESCOBAR YAVER
DIRECTOR DE GESTIÓN DE ADUANAS



DCDR/YEN/DPMH

Infraestructura no es excusa para aprovechar TLC con EE. UU.

Según el embajador de Colombia en EE. UU., Gabriel Silva, ni siquiera el atraso en infraestructura es pretexto para no aprovechar el acuerdo.


Tras las etapas de negociación y ratificación del tratado de libre comercio (TLC) con Estados Unidos, “ahora viene la de los negocios”, dijo el ex ministro de Comercio Jorge Humberto Botero, quien lideró ese proceso.
La infraestructura colombiana, blanco de señalamientos por su atraso, “no es excusa para no aprovechar el acuerdo comercial”, señaló por su parte el embajador en Washington, Gabriel Silva.
Con el TLC, aseguró, a su turno, el actual jefe del equipo negociador de Colombia y quien coordinó el capítulo de propiedad intelectual, Javier Gamboa: “va a haber muchos más ganadores (en Colombia) de lo que se ha dicho”.
Esas tres posiciones fueron presentadas ayer en el foro ‘Retos y oportunidades del TLC con Estados Unidos’, organizado por EL TIEMPO, Portafolio y la Cámara Colombo-Americana, cuyo presidente, Camilo Reyes, anunció el lanzamiento del Centro de Comercio e Inversión para promover los negocios en uno y otro país.
El acuerdo abre grandes oportunidades para las dos economías, expresó el embajador de Estados Unidos en Colombia, Michael McKinley.
Competitividad
Por su parte, Silva llamó a la revolución de la competitividad empresarial, porque, explicó, los productos que hoy se exportan son los mismos de hace 20 años y dijo que hay que aliarse con empresarios de Estados Unidos para sacarle jugo al acuerdo comercial.
El embajador en Estados Unidos dijo que no se puede exportar trabajo barato, porque esto ya no funciona y que lo que se requiere es exportar valor agregado con recurso humano de calidad, “y con derechos”, acotó John M. Melle, representante comercial adjunto para el Hemisferio Occidental de Estados Unidos.
El TLC, señaló el presidente de la Andi, Luis Carlos Villegas, salvaguarda los derechos laborales. La industria colombiana, dijo Villegas, está preparada para el TLC y destacó que el acuerdo estimulará el crecimiento de las inversiones mutuas y permitirá enfrentar mejor la competencia china.
El consultor en comercio internacional Martín Gustavo Ibarra anticipó que puede haber una relocalización de empresas asiáticas hacia territorio de Colombia para aprovechar el TLC.

Llegó el momento de empezar negocios con el TLC en marcha

Representantes de varios sectores explicaron en un foro ayer todas las ventajas del acuerdo.


Terminada la etapa de negociación y ratificación del Tratado de libre Comercio (TLC) de Colombia con Estados Unidos, “ahora viene la de los negocios”, dijo el ex ministro de Comercio Jorge Humberto Botero, quien lideró ese proceso.
La infraestructura colombiana, blanco de señalamientos justificados por su monumental atraso y que ha servido a diferentes críticos para pedir el aplazamiento de la entrada en vigencia del TLC, “no es excusa para no aprovechar el acuerdo comercial”, señaló por su parte el embajador de Colombia en Washington, Gabriel Silva.
Con el TLC, aseguró a su turno el actual jefe del equipo negociador de Colombia y quien coordinó el capítulo de propiedad intelectual, Javier Gamboa, “va a haber muchos más ganadores en el país de lo que se ha dicho”.
Esas tres frases fueron pronunciadas ayer en el Foro Retos y oportunidades del TLC con Estados Unidos, organizado por Portafolio, El Tiempo y la Cámara Colombo Americana, cuyo presidente, Camilo Reyes, anunció el lanzamiento del Centro de Comercio e Inversión para promover los negocios en uno y otro país.
El acuerdo comercial abre grandes oportunidades para las dos economías, expresó por su parte el embajador de Estados Unidos en Colombia, Michael McKinley, pues sus empresarios y consumidores se beneficiarán de productos con precios más bajos y de calidad.
En su intervención, el embajador colombiano en Washington llamó a la revolución de la competitividad empresarial, porque, explicó, los productos que hoy se exportan son los mismos de hace 20 años.
COLOMBIA ESTÁ PREPARADA
El presidente de la Andi, Luis Carlos Villegas, afirmó que Colombia está preparada para el TLC con Estados Unidos y destacó que este acuerdo estimulará el crecimiento de las inversiones mutuas al tiempo que le permitirá al país enfrentar mejor la competencia china.
El consultor en comercio internacional Martín Gustavo Ibarra anticipó que puede haber una relocalización de empresas asiáticas hacia territorio de Colombia para aprovechar las ventajas arancelarias del TLC con Estados Unidos.

Hay que exportar productos con valor agregado: Gabriel Silva

El embajador de Colombia en EE. UU. afirmó, durante el foro sobre retos y oportunidades del TLC, que "los empresarios no pueden exportar mano de obra barata porque eso ya no funciona".

Silva recalcó que "lo que hay que hacer es exportar productos con alto valor agregado y eso se genera con mano de obra de calidad".  
En ese mismo sentido, Jorge Humberto Botero, ex ministro de Comercio, recordó que el panorama jurídico es muy importante para la entrada en vigencia y el buen funcionamiento del TLC. "Las reglas de origen y las buenas prácticas son algunos de los elementos en los que el país tiene que profundizar para sacar mejor provecho del acuerdo comercial", recalcó.
Esta idea fue completementada por el director Patrick Kilbride, director Sénior para las Américas de la Cámara de Comercio de Estados Unidos, quien expuso cinco puntos que garantizan la inversión en Colombia a partir del TLC con EE. UU. "Transparencia en los procesos; previsibilidad de que todo lo dicho se cumpla; consistencia en las promesas de cada gobierno, pese a los cambios de Presidente; rendición de cuentas de cara a la gente para compartir los avances de cada Gobierno y resolución de conflictos de forma práctica en caso de que se presenten", sostuvo.
De otra parte, Walter Bastian, subsecretario de comercio de EE. UU., Colombia necesita modificar los esquemas de educación. "Se necesitan más físicos, más ingenieros y hay que pensar en la educación técnica y tecnológica para garantizar competitividad y un mayor aprovechamiento del tratado comercial", señaló.
Javier Gamboa, jefe de negociaciones comerciales de Colombia y quien coordinó la mesa de propiedad intelectual en el TLC con EE. UU., dijo que es necesario fortalecer la institucionalidad y las autoridades sanitarias para que se pueda llegar con productos, alimentos y bienes agroindustriales. "Las empresas también tienen que hacer la materia en esa tarea y, adicionalmente, practicar una diplomacia sanitaria que significa que se deben hacer las cosas
tanto desde las autoridades como del sector privado", afirmó.
Y eso es, precisamente, lo que busca el foro organizado por Portafolio, El Tiempo y la Cámara Colombo Americana, que se realiza a esta hora en Bogotá. 
El foro fue instalado por el embajador de Colombia en Estados Unidos, Gabriel Silva, por su homólogo en Colombia, Michael McKinley, por el director de Portafolio, Ricardo Ávila, y por el director de la Cámara Colombo Americana, Camilo Reyes, en el Club El Nogal.
REDACCIÓN DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS Y PORTAFOLIO.CO.

martes, 29 de noviembre de 2011

RESOLUCIÓN 1443 PRECIOS DE REFERENCIA DEL SISTEMA ANDINO DE FRANJAS DE PRECIOS PARA LA PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE DE 2011, CORRESPONDIENTES A LA CIRCULAR N° 401 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2011

RESOLUCION  1443


Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la primera quincena de diciembre de 2011, correspondientes a la Circular N° 401 del 22 de noviembre de 2011

       LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

       VISTOS: El artículo 29 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 371 de la Comisión sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios, la Resolución 1392 de la Secretaría General; y,

       CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 371, y para efectos de la aplicación de las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1392, o de efectuar los cálculos establecidos en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371, la Secretaría General debe comunicar quincenalmente a los Países Miembros los Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios;

RESUELVE:

       Artículo 1.- Se fijan los siguientes Precios de Referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios correspondientes a la primera quincena de diciembre de 2011:


NANDINA
PRODUCTO MARCADOR
PRECIO DE REFERENCIA (USD/t)
0203.29.00
Carne de cerdo
2 223
(Dos mil doscientos veintitrés)
0207.14.00
Trozos de pollo
1 258
(Un mil doscientos cincuenta y ocho)
0402.21.19
Leche entera
3 916
(Tres mil novecientos dieciséis)
1001.10.90
Trigo
330
(Trescientos treinta)
1003.00.90
Cebada
226
(Doscientos veintiséis)
1005.90.11
Maíz amarillo
308
(Trescientos ocho)
1005.90.12
Maíz blanco
350
(Trescientos cincuenta)
1006.30.00
Arroz blanco
656
(Seiscientos cincuenta y seis)
1201.00.90
Soya en grano
482
(Cuatrocientos ochenta y dos)
1507.10.00
Aceite crudo de soya
1 178
(Un mil ciento setenta y ocho)
1511.10.00
Aceite crudo de palma
1 100
(Un mil cien)
1701.11.90
Azúcar crudo
586
(Quinientos ochenta y seis) 
1701.99.00
Azúcar blanco
702
(Setecientos dos)


       Artículo 2.- Los Precios de Referencia indicados en el artículo anterior, se aplica-rán a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el primero y el quince de diciembre del año dos mil once.

       Artículo 3.- Los Países Miembros que apliquen el Sistema Andino de Franjas de Precios de conformidad con las Decisiones 695 y 717, podrán utilizar, para la determinación de los derechos variables adicionales o las rebajas arancelarias que correspondan a los Precios de Referencia indicados en el artículo 1, las Tablas Aduaneras publicadas en la Resolución 1392 de la Secretaría General, o podrán efectuar los cálculos que se establecen en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Decisión 371.

       Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil once.



ADALID CONTRERAS BASPINEIRO
Secretario General a.i.

COMUNICADO DE PRENSA No. 296 “MOTONAVE PUELO” PORTACONTENEDORES MÁS GRANDE QUE HA ARRIBADO AL PUERTO DE BUENAVENTURA

Foro sobre retos y oportunidades del TLC con Estados Unidos

El comercio en el marco del acuerdo comercial es uno de los temas de estudio.

Aprovechar el Tratado de Libre Comercio (TLC) Colombia-Estados Unidos, en proceso de implementación, implica conocer las oportunidades de negocios que abre y, al mismo tiempo, los desafíos que genera este acuerdo.
Y eso es, precisamente, lo que busca el foro organizado por Portafolio, El Tiempo y la Cámara Colombo Americana, que se realizará hoy en Bogotá. 
El acceso a los mercados de productos industriales, agrícolas y de servicios de Estados Unidos será abordado por el jefe negociador del Ministerio de Comercio, Javier Gamboa. 
El ex ministro de Comercio y cabeza de la negociación del TLC, Jorge Humberto Botero, por su parte, disertará sobre el alcance y la aplicación del acuerdo en materia de inversión. 
El TLC como herramienta para mejorar condiciones de inversión será explicado por Patrick Kilbride, director Sénior para las Américas de la Cámara de Comercio de Estados Unidos.
Los aspectos regulatorios del acuerdo asociados a la inversión estarán a cargo de Guillermo Ruiz, socio de Posse Herrera & Ruiz Abogados y el presidente de la Andi, Luis Carlos Villegas, tendrá a su cargo las oportunidades del sector industrial.
El foro será instalado por el embajador de Colombia en Estados Unidos, Gabriel Silva, por su homólogo en Colombia, Michael McKinley, por el director de Portafolio, Ricardo Ávila, y por el director de la Cámara Colombo Americana, Camilo Reyes, en el Club El Nogal.

Colombia y Venezuela liberan 3.500 productos de aranceles

El acuerdo de alcance parcial abarca productos que han formado parte del comercio bilateral.

Los presidentes de Venezuela, Hugo Chávez, y Colombia, Juan Manuel Santos, suscribieron ayer un nuevo acuerdo comercial de alcance parcial que abarcará a 3.500 partidas comerciales correspondientes a los renglones de intercambio de los últimos años entre los dos países. 
“Me complace muchísimo haber firmado este acuerdo de alcance parcial, este nuevo tratado comercial que sin duda va a representar mucho bienestar para el pueblo venezolano y para el pueblo colombiano”, señaló el mandatario colombiano tras la firma de los acuerdos con su colega venezolano. 
El nuevo convenio sustituye el marco comercial que existía entre los dos países como parte de los acuerdos de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), mecanismo de integración que Venezuela abandonó en abril pasado. 
“Lo que estamos haciendo es reemplazando ese marco normativo que teníamos hasta ahora, que es el marco normativo de la CAN, y al mismo tiempo estamos inyectando una nueva gasolina con una nueva serie de acuerdos que complementen el acuerdo comercial”, indicó Santos. El presidente colombiano señaló que el “acuerdo de alcance parcial cobija cerca de 3.500 partidas arancelarias”, que son las que han formado parte del comercio bilateral en los últimos “cinco o seis años”.
Oleoducto conjunto
Así mismo, firmaron un acuerdo para la creación de una empresa mixta que construirá un oleoducto que irá desde la venezolana Faja petrolera del Orinoco hasta el puerto colombiano de Tumaco, en la costa Pacífica. El Presidente venezolano destacó el carácter estratégico que tiene para su país una salida al océano Pacífico en momentos en que Venezuela busca incrementar el envío de crudo a China y Japón.   Los presidentes Santos y Chávez dialogan durante la visita del primero a Caracas para la firma de convenios comerciales. 
¿Qué es un Acuerdo de Alcance Parcial? 
Los expertos definen un Acuerdo de Alcance Parcial (AAP) como un acuerdo bilateral básico en el tema arancelario, que busca liberar parte del universo de bienes. Este paso es el primero dentro de la idea de que más adelante, a mediano y largo plazo, la apertura comercial será mayor o total.
El hecho de que el acuerdo sea de alcance parcial significa que se limitará a un paquete de bienes que, en principio, son los de mayor urgencia y/o primera necesidad así catalogados por las autoridades de cada país.  
Involucra los productos de primera necesidad para cada país como antesala a un convenio mayor.
CARACAS / EFE

lunes, 28 de noviembre de 2011

Resolución Externa No. 7 del 25 de noviembre de 2011 BANCO DE LA REPUBLICA

Resolución Externa No. 7 del 25 de noviembre de 2011 "Por la cual se señalan las condiciones financieras a las cuales debe sujetarse la Nación para colocar títulos de deuda pública externa en los mercados de capitales internacionales"



Link: http://www.banrep.gov.co/documentos/reglamentacion/cambiaria/2011/47.pdf

Resolución No. 12158 de 2011 D.O. 48263

Entrada en vigencia del TLC obliga a mejorar la tecnología

Microsoft abre un portafolio de herramientas para que las pymes respondan a los retos de los TLC.


El momento positivo de coyuntura económica por el que atraviesa el país y la firma de los diferentes TLC con naciones de gran demanda, trae un sinnúmero de oportunidades de expansión de mercados, pero a la vez genera una preocupación no sólo para las empresas colombianas, sino para todas aquellas que, de una u otra forma, generan servicios comerciales en el país.
Es por ello que firmas como Microsoft Colombia se han dado a la tarea de analizar el panorama, a propósito de la entrada en vigencia del TLC con Estados Unidos, detectando que, en especial en materia tecnológica, las pymes, base de la fuerza empresarial nacional, no han adoptado un sistema de información flexible y asequible que les permita responder a las exigencias de nuevos mercados, con visión global y competitiva.
Cabe decir que, según el Reporte Global de Tecnologías de la Información 2010-2011 del Foro Económico Mundial, en el uso de tecnología en las empresas Colombia alcanzó la posición 65 entre 138 países evaluados, mientras que EE. UU. se ubicó en el tercer lugar.
OPORTUNIDADES
Para Microsoft, como lo indica Jorge Silva Luján, gerente general de Microsoft Colombia, esta subsidiaria tiene un valor importante dentro del mercado latinoamericano, gracias a las cifras de crecimiento que hablan de un porcentaje proyectado de más del 22 por ciento para el año contable de junio del 2011 a junio del 2012, con ventas promedio, en ese periodo, de 210 millones de dólares, y un crecimiento sostenido del 20 por ciento hasta el 2015.
Es así que la compañía ha visto la necesidad de crear un sistema integrado de servicios, un paquete de herramientas tecnológicas empresariales para las pyme, que las lleve por un proceso de formación a un nivel de competitividad equitativo frente al reto de los mercados foráneos a los que deben enfrentarse.
Bajo el lema de ‘Impacto Real para una Colombia Próspera’ se han planteado cuatro escenarios de intervención tecnológica en las pymes: visibilidad, comunicaciones unificadas y colaboración, computación en la nube, y conocimiento del mercado y oportunidades.
Estos módulos de tecnología pueden adoptarse de manera paulatina, aprovechando los programas que Microsoft tiene pagos, o gratuitos a través de la nube, fortaleciendo tecnológicamente, la producción y el desarrollo empresarial.
Visibilidad: a través de Internet, se puede tener una página atractiva, con enlaces interactivos para ofrecer desde allí productos y servicios, que los posicionen como empresa ante los clientes y los posibles contactos en Estados Unidos y otros países.
Comunicaciones unificadas y colaboración: software que unifican voz, correo electrónico y realizan videoconferencias, incrementando la productividad y evitando desplazamientos costosos y sobrecostos en comunicaciones.
Computación en la nube: permite a las pymes consolidar una infraestructura TI ágil y segura para sus procesos de negocios a un costo competitivo y asequible. Además, la nube cuenta con programas gratuitos que les ayudan a incorporarse a la economía global.
En este caso, Microsoft ofrece Office 365, Windows Intune y Windows Azure.
Conocimiento del mercado y oportunidades: En inteligencia de negocios, la compañía da la posibilidad de que bajo un sistema de ‘autoservicio’, es decir “que con un excel, un conocimiento básico y una base de datos se procese información valiosa para la empresa”, dice Silva, lo cual asegura y fideliza a los clientes y se accede a nuevos, con soluciones de CRM, ERP y BI.
UNA ESTRATEGIA QUE NACE DE LA EXPERIENCIA
Como lo explica Jorge Silva, la inquietud de la compañía partió de unir tres temas: las pymes, como brazo de la economía colombiana; la firma de los TLC y el caso de México, tras la firma de su tratado con Estados Unidos.
Precisamente este último los hizo pensar que, aunque hoy el balance hable de una relación conveniente, los primeros años dejaron cientos de empresas mexicanas que perecieron por no estar preparadas para un mercado de gran demanda, con exigencias y estándares internacionales y márgenes muy altos de competencia.
“Estar preparados es la única forma de que una empresa pequeña aguante el embate de una mayor o de un competidor que viene de fuera”, dice Silva, a lo que añade que un tema clave en materia de competitividad y de negocios efectivos es el bilingüismo, “al hacer un análisis de la oferta de colombianos en el país que tengan un muy buen nivel de un segundo idioma, primordialmente inglés, no alcanzamos a estar allí”, por ello la compañía ofrece programas que permiten conversaciones fluidas y traducciones perfectas en el idiomas nativo.
Astrid López Arias
Economía y Negocios

viernes, 25 de noviembre de 2011

Resolución No. 1442 Comunidad Andina

RESOLUCIÓN  1442

Actualiza Anexos de la Decisión 670

       LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

       VISTAS: La Decisión 670 “Adopción del Documento Único Aduanero”, y las Decisiones 716 y 752 que la modifican; la Resolución 1312; y,

       CONSIDERANDO: Que el artículo 6 de la Decisión 670 dispone que el formato electrónico que se utilizará para el intercambio de información entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros en relación con el Documento Único Aduanero (DUA), así como el cronograma para su implementación, se aprobará mediante Resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina;

       Que la Segunda Disposición Final de la Decisión 670 establece que la Secretaría General, tomando en cuenta las recomendaciones del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, adoptará mediante Resolución las normas reglamentarias que resulten necesarias para la actualización de sus anexos;

       Que, mediante Resolución 1312, se dispuso actualizar, entre otros, los Anexos II y IV de la Decisión 670, disponiéndose además adoptar el Formato Electrónico del Documento Único Aduanero;

       Que en la XXX Reunión del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, de manera conjunta con Expertos en Valoración Aduanera, realizada por videoconferencia, los delegados de los Países Miembros manifestaron su conformidad con las modificaciones proyectadas sobre los Anexos II y IV de la Decisión 670, de acuerdo al texto sustituido por la Resolución 1312;

       Que en la XXVII Reunión del Comité Andino de Asuntos Aduaneros realizada por videoconferencia el 28 de octubre de 2011, los Directores de Aduana y/o sus representantes, tomando en consideración la conformidad del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero y del Grupo de Expertos en Valoración Aduanera, respecto del proyecto normativo presentado a los Países Miembros por este Órgano Comunitario, acordaron recomendar su aprobación por la Secretaría General;

RESUELVE:

       Artículo 1.- Actualizar el Anexo II de la Decisión 670, sustituido mediante Resolución 1312, reemplazando el texto del numeral 49 por el siguiente:

  1. Condición y Lugar de entrega

Indicar la condición y lugar de entrega de acuerdo a lo pactado entre el vendedor y el comprador.

La condición de entrega respectiva se registra según los códigos de la Tabla 15 del Anexo IV (Cuando se trate de una condición de entrega diferente a los Incoterms consignar el Código ZZZ y especificar en la casilla 49).

Especifique: Indicar cuál si se pactaron condiciones de entrega diferentes a las previstas en los INCOTERMS.”

       Artículo 2.- Actualizar el Anexo IV de la Decisión 670, sustituido mediante Resolución 1312, reemplazando las Tablas 1, 2, 7, 12, 13, 14 y 15. El Anexo IV actualizado, como se indica en el presente artículo, se adjunta a la presente Resolución.

       Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil once.



ADALID CONTRERAS BASPINEIRO
Secretario General a.i.