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miércoles, 13 de junio de 2012

RESOLUCIÓN 1479 COMUNIDAD ANDINA




Por la cual se dispone la publicación de la suspensión de la Decisión 750 al Estado Plurinacional de Bolivia y a la República de Colombia




       LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,



       VISTOS: Los Artículos 3, 127 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 700 y 397 y la Disposición Transitoria Única de la Decisión 750; y,



       CONSIDERANDO:



       Que la Tarjeta Andina de Migración (TAM) es el documento de control migratorio uniforme y constituye un medio eficaz de recolección de información para la elaboración de estadísticas relacionadas con el movimiento de personas, de acuerdo con lo previsto en la Decisión 397;



       Que,  asimismo, el procesamiento de dicha información permite a las autoridades de migración, transporte y turismo tener acceso a los datos necesarios para conocer, con detalle, las características de los flujos de personas y actividades que se desarrollan en la Subregión, y realizar un intercambio más eficiente de datos relativos al ingreso y salida de personas del territorio de cada uno de los Países Miembros;



       Que mediante la Decisión 750, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena Nro. 1947 del 31 de mayo de 2011, se creó el sistema de información estadística de la Tarjeta Andina de Migración (SETAM) en la Comunidad Andina, los cuales serán transmitidos por las Oficinas Nacionales Competentes de los Países Miembros a la Secretaría General;



       Que el procedimiento para la transmisión de los resultados de la TAM, que aparece, respetando las clasificaciones de las variables, a fin de normalizar las estadísticas producidas se incluyó en el Anexo 2 de la Decisión 750;



       Que la Disposición Transitoria Única de la Decisión 750, prevé que el País Miembro que requiera adaptar sus sistemas estadísticos y la consiguiente transmisión de la información a los requisitos establecidos, lo notificará a la Secretaría General;



       Que el Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Ministerio de Gobierno, notificó a la Secretaría General su intención de acogerse a dicha disposición transitoria, a efectos de adaptar su sistema de información y adecuarlo a los requisitos establecidos en la Decisión 750 manifiesta la necesidad de que dicha suspensión se dé por el término de tres años;



       Que, en el mismo sentido, la República de Colombia, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, notificó a la Secretaría General su intención de acogerse a dicha disposición transitoria, a efectos de adaptar y ajustar sus sistemas de información con el fin de suministrar los datos de acuerdo a los lineamientos establecidos en la norma andina en mención;



       Que corresponde a la Secretaría General, mediante Resolución, publicar la  suspensión hasta por tres años, de la aplicación de la Decisión 750 respecto del País Miembro que así lo haya solicitado;



RESUELVE:



       Artículo 1.- Disponer la publicación de la suspensión, hasta el 30 de mayo de 2014, de la aplicación de la Decisión 750, sobre el Sistema Estadístico de la Tarjeta Andina de Migración (SETAM) en la Comunidad Andina, al Estado Plurinacional de Bolivia y a la República de Colombia en tanto dichos Países Miembros adaptan sus sistemas de información a los requisitos establecidos en esa norma andina.



       Artículo 2.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.



       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los ocho días del mes de junio del año dos mil doce.







ADALID CONTRERAS BASPINEIRO

Secretario General a.i.
Link: http://intranet.comunidadandina.org/Documentos/resoluciones/RESo1479.doc