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miércoles, 22 de agosto de 2012

RESOLUCIÓN 1490 de 2012 COMUNIDAD ANDINA


RESOLUCION  1490


 

Programa Andino Trienal de Formación y Capacitación en Estadística de la Comunidad Andina (PAT) 2013 – 2015


 

       LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

 

       VISTOS: El Capítulo IV del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 648 y 700 de la Comisión; y las Resoluciones 1235 y 1236 de la Secretaría General;

 

       CONSIDERANDO: Que a través del artículo 2 de la Decisión 648 se dispuso crear el Programa de Formación y Capacitación en Estadística de la Comunidad Andina, de responsabilidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina;

 

       Que el artículo 6 de la citada Decisión autorizó la creación, dentro de los 60 días siguientes a la publicación de dicho instrumento, del Centro Andino de Formación y Capacitación en Estadística, encargado de coordinar a los Centros Nacionales de Formación y Capacitación en Estadística de los Países Miembros;

 

       Que el artículo 9 de la misma Decisión 648 señala que el Centro Andino de Formación y Capacitación en Estadística desarrollará el Programa de Formación y Capacitación en Estadística mediante Programas Trienales, denominados “Programa Andino Trienal de Formación y Capacitación en Estadística (PAT);

 

       Que el artículo 11 de la norma en cuestión establece que el Programa Andino Trienal de Formación y Capacitación en Estadística será evaluado por el Grupo de Expertos Ad Hoc del Comité Andino de Estadística que para tal efecto convoque la Secretaría General, debiendo ser adoptado mediante Resolución;

 

       Que en la Tercera Reunión del Grupo Ad Hoc en Formación y Capacitación Estadística de la Comunidad Andina, realizada los días 21 y 22 de junio de 2012 en la ciudad de Bogotá, Colombia, las delegaciones de los Países Miembros opinaron favorablemente sobre el proyecto de Resolución preparado por la Secretaría General;

 

       Que el Comité Andino de Estadística (CAE), en su Trigésimo Tercera Reunión efectuada en Quito, Ecuador, el día 1 de julio de 2012, emitió opinión favorable sobre el presente proyecto de Resolución;

 

RESUELVE:

 

       Artículo 1.- Adoptar y ejecutar el segundo Programa Andino Trienal de Formación y Capacitación en Estadística (PAT) 2013-2015, el cual se aplicará durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015. Las bases conceptuales de dicho programa se encuentran contenidas en tres anexos de la presente Resolución.

 

       Artículo 2.- La aplicación del PAT 2013-2015 comprenderá las siguientes acciones:

 

a.      Preparar los cursos y sus contenidos, a través de las fichas de acción docente.

b.      Coordinar y mantener la red de formadores en la Comunidad Andina.

c.      Realizar el registro de los nuevos formadores en la Comunidad Andina.

d.      Otras acciones establecidas en el Anexo I de la presente Resolución.

 

       Artículo 3.- El PAT será sometido a evaluación y actualización para el trienio siguiente conforme lo establecido en el artículo 11 de la Decisión 648.

 

       Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

 

       Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de agosto del año dos mil doce.

 

 

 

ADALID CONTRERAS BASPINEIRO
Secretario General a.i.
Link: http://intranet.comunidadandina.org/Documentos/resoluciones/RESo1490.doc