DONDE ESTAMOS UBICADOS Y COMO CONTACTARNOS

ASESORÍA Y CONSULTORÍA EN COMERCIO EXTERIOR, ADMINISTRACIÓN Y MERCADEO
CALI - VALLE DEL CAUCA

NUEVA RAZÓN SOCIAL: PAOLA MEDINA Y ASOCIADOS S.A.S.




Nuevo Blog: http://paolamedinaasociados.blogspot.com.co/

Página Web: www.paolamedinasas.com







viernes, 10 de agosto de 2012

Decreto 1625-2012 DIAN

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

DECRETO No. 1625
(31 de julio de 2012)

Por el cual se reglamenta el numeral 7° del artículo 879 del Estatuto Tributario.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA,

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y el numeral 7° del artículo 879 del Estatuto Tributario.

CONSIDERANDO

Que la finalidad del numeral 7° del artículo 879 del Estatuto Tributario, es exonerar del Gravamen a los Movimientos Financieros las operaciones de compensación y liquidación de valores, aspecto que no cubre la disposición inicial de los recursos por parte de los compradores que adquieren bienes o servicios a través de una bolsa agropecuaria o de comodities, y por lo tanto se hace necesario precisar el alcance de la exención.
DECRETA:

ARTICULO 1. Para efecto de la aplicación del numeral 7° artículo 879 del Estatuto Tributario, no se encuentran comprendidas dentro de las operaciones de compensación y liquidación administradas por bolsas de productos agropecuarios o de otros comodities, la disposición inicial de los recursos de la cuenta corriente o de ahorros de las personas que actúan como compradores o adquirentes de bienes o servicios, para transferir o canalizar dichos recursos a la respectiva Bolsa.

ARTICULO 2. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 31 de julio de 2012


JUAN MANUEL SANTOS CALDERON
Presidente de la República


JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZON
Ministro de Hacienda y Crédito Público