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lunes, 25 de julio de 2011

En el proceso 117-IP-2010 el Tribunal de la Comunidad Andina de Naciones (publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena No. 1959 del 30 de junio de 2011).

Conceptúo en materia de intepretación prejudicial solicitada por el Tribunal Administrativo del Norte de Santander (Colombia),  respecto a que el importador es responsable sobre la falta de veracidad, exactitud e integridad de los datos indicados en la DAVV así como en sus anexos, sometiéndose por ello a las sanciones  que cada País miembro preceptúe. El link es el siguiente:

http://intranet.comunidadandina.org/Documentos/Gacetas/Gace1959.pdf