Proyecto de resolución Por el cual se reglamentan los Artículos 4 de la Ley 1314 de 2009 "Independencia y autonomía de las normas tributarias frente a las de contabilidad y de información financiera" y 165 de la Ley 1607 de 2012 "Únicamente para efectos tributarios, las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables, continuarán vigentes durante los cuatro (4) años siguientes a la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF–, con el fin de que durante ese periodo se puedan medir los impactos tributarios y proponer la adopción de las disposiciones legislativas que correspondan", dando cumplimiento a lo dispuesto en el Numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 "Los proyectos específicos de regulación y la información en que se fundamenten, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas. Para el efecto, deberán señalar el plazo dentro del cual se podrán presentar observaciones, de las cuales se dejará registro público", por la cual se expidió el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de decreto desde el día 20 de junio de 2014, hasta el día 27 de junio de 2014, a través del correo electrónico comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.
Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de decreto desde el día 20 de junio de 2014, hasta el día 27 de junio de 2014, a través del correo electrónico comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.