DONDE ESTAMOS UBICADOS Y COMO CONTACTARNOS

ASESORÍA Y CONSULTORÍA EN COMERCIO EXTERIOR, ADMINISTRACIÓN Y MERCADEO
CALI - VALLE DEL CAUCA

NUEVA RAZÓN SOCIAL: PAOLA MEDINA Y ASOCIADOS S.A.S.




Nuevo Blog: http://paolamedinaasociados.blogspot.com.co/

Página Web: www.paolamedinasas.com







martes, 3 de enero de 2012

RESOLUCIÓN NÚMERO 013484 DIAN

RESOLUCIÓN NÚMERO 013484 (29 DIC 2011)


Por la cual se modifican unos plazos para presentar la información tributaria a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establecida en las Resoluciones 011423, 011425, 011427, 011428 y 011429 de 2011, se aclara la denominación de una casilla de la especificación técnica de un formato y se modifican los literales j) de los artículos 1 y 2 de la resolución 011429 de 2011.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 6 numerales 12 y 22 del Decreto 4048 de 2008, en los artículos 631, 631-2,
631-3, 633 del Estatuto Tributario.

CONSIDERANDO

Que en el mes de octubre del presente año, se establecieron para el año gravable 2011, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades que deben suministrar Información Exógena, se señaló el contenido y las características técnicas y se fijaron los plazos para la entrega.

Que debido a los cambios efectuados en los formatos para la presentación de la Información Tributaria por el año gravable 2011 y de los plazos para la entrega en medios magnéticos, se han recibido varias solicitudes por parte de los obligados con el fin de que estos sean modificados y no verse obligados a incumplir el deber formal de presentar la información solicitada.

Que estudiadas las situaciones aludidas y buscando que los obligados no se vean avocados al incumplimiento de los términos de presentación de la información que deben suministrar por medios magnéticos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las fechas previstas, se requiere ampliar los plazos.

Que en virtud de lo anterior y conforme a lo establecido en el inciso tercero de los artículos 11 de la Resolución 011423 de 2011, artículo 6 de la Resolución 011425 de 2011, artículo 6 de la Resolución 011427 de 2011, artículo 6 de la Resolución 011428 de 2011 y artículo 21 de la Resolución 011429 de 2011 estos facultan a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales habilitar términos con el fin de facilitar el cumplimiento del respectivo deber legal.




RESUELVE


ARTICULO 1. Modificación de los plazos para la presentación de la información tributaria.

Modificar los plazos previstos para el cumplimiento de la obligación de presentación de información tributaria a que hacen referencia el segundo inciso del artículo 9 de la resolución 011423 de 2011, el segundo inciso del artículo 4 de la Resolución 011425 de 2011, el artículo 4 de la resolución 011427 de 2011 , el artículo 3 de la Resolución 011428 de 2011 y el artículo 18 de la Resolución 011429 de 2011 hasta las siguientes fechas, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT del informante, cuando se trate de una persona jurídica y asimilada o de una persona natural y asimilada:


PERSONAS JURÍDICAS Y ASIMILADAS Y PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS:

Últimos Dígitos
Fecha
26 a 29
25 de Abril de 2012
30 a 33
26 de Abril de 2012
34 a 37
27 de Abril de 2012
38 a 41
30 de Abril de 2012
42 a 45
02 de Mayo de 2012
46 a 49
03 de Mayo de 2012
50 a 53
04 de Mayo de 2012
54 a 57
07 de Mayo de 2012
58 a 61
08 de Mayo de 2012
62 a 65
09 de Mayo de 2012
66 a 69
10 de Mayo de 2012
70 a 73
11 de Mayo de 2012
74 a 77
14 de Mayo de 2012
78 a 81
15 de Mayo de 2012
82 a 85
16 de Mayo de 2012
86 a 89
17 de Mayo de 2012
90 a 93
18 de Mayo de 2012
94 a 97
22 de Mayo de 2012
98 a 01
23 de Mayo de 2012
02 a 05
24 de Mayo de 2012
06 a 09
25 de Mayo de 2012
10 a 13
28 de Mayo de 2012
14 a 17
29 de Mayo de 2012
18 a 21
30 de Mayo de 2012
22 a 25
31 de Mayo de 2012


ARTICULO 2. Modifícase el anexo 11 de la Resolución 011429 de octubre 31 de 2011, correspondiente a la especificación técnica del Formato 1012 Versión 7, punto 2.2 Formato del Contenido, en la parte correspondiente a la Denominación de la casilla: Valor al 31 de diciembre de 2005, entiéndase como:”Saldo a 31 de diciembre”.
ARTÍCULO 3. Se modifican los literales j) de los artículos 1 y 2 de la Resolución 011429 de 2011, los cuales quedan así:
ARTICULO 1. Literal j) Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados en los literales a), c) o i) del presente artículo, independientemente de la cuantía de los ingresos obtenidos.

ARTICULO 2. Literal j) Los Secretarios Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional, no enunciados en los literales a), c) o i) del presente artículo, deberán suministrar la información de que tratan los literales b) y e) del artículo 631 del Estatuto Tributario, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la presente Resolución.


ARTICULO 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 29 DIC 2011
Dada en Bogotá D. C., a los


JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ
Director General